Adjuntamos comunicación de la Mutualidad de la Abogacía con motivo de la modificación legislativa introducida en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
En esta Ley, se añade un nuevo apartado en el que indica que las mutualidades de previsión social alternativas al régimen de Trabajadores autónomos, desde el 1 de marzo de 2021, deben poner a disposición de la Tesorería General de la Seguridad Social antes de finalizar el mes natural siguiente a la situación de alta o de baja, una relación de los profesionales colegiados integrados en las mismas y que cumplan esta función de alternatividad.