Con desprecio del principio constitucional de tutela judicial efectiva, el Gobierno pretende aliviar la carga de trabajo de los tribunales por el método antidemocrático de restaurar las tasas, que habían sido abolidas en 1986.
El acceso al Juez va a resultar muy oneroso en algunos casos (ejemplo: apelación, tasa = 800) e imposible, en otros (ejemplo: recurso contra una multa de 100, tasa = 200). Decididamente, la 2ª y ulteriores instancias son tratadas como un puro capricho del consumidor, hasta el punto de que, por primera vez en la historia, se impone una tasa para los recursos de suplicación en materia laboral. A diferencia de gravámenes semejantes - depósitos - la tasa es un tributo que no está sujeto a la devolución en el caso de progresar la acción procesal, sino que ingresa definitivamente en el erario público.
El proyecto de ley mereció la crítica del CGPJ, de todas las asociaciones de jueces, del Consejo de Estado y del Consejo General de la Abogacía Española, al cual no se le dio el trámite de audiencia.
La opinión pública debe reparar en el hecho de que la víctima de este abuso es la ciudadanía que - luego de haber sufragado el coste de la Administración de Justicia con sus impuestos - cuando le toque valerse de ella, va a topar contra un obstáculo económico que se le opone intencionadamente, puesto que el Ministerio ya defiende su iniciativa precisamente por el efecto disuasorio que se le vaticina. No se formará a más jueces, sino que se le pondrán barreras a aquellos ciudadanos que no puedan aspirar a la justicia gratuita.
Ver cuadro de nuevas tasas judiciales (JPG)
Ver carta del Consello da Avogacía Galega al Ministro de Justicia (PDF)