El Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, modifica la tramitación del recurso de apelación civil en aquellos procedimientos a los que resulta de aplicación, dando una nueva redacción al artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el que se establece la interposición de la apelación ante la Audiencia Provincial para los procedimientos a los que resulta de aplicación el referido Real Decreto-Ley.
Este cambio legislativo ha motivado que por Secretaría de Coordinación Provincial de Lugo se curse la Circular 1/2024, que te adjuntamos, con el fin de establecer prácticas uniformes en la elevación de actuaciones a la Sección Civil de la Audiencia Provincial y criterios para los ingresos de los depósitos y consignaciones destinadas a las apelaciones interpuestas ante el referido tribunal, que han sido consensuados entre la Secretaría de Coordinación y el Sr. Letrado de la Administración de Justicia de dicha sección.
La circular fija unos criterios o pautas organizativas homogéneas de carácter interno y dirigidas a los Sres. letrados de la Administración de Justicia de la provincia, que no vinculan a terceros. No obstante, se considera necesaria la colaboración de los profesionales en los aspectos que seguidamente se exponen y que redundarán en la agilización de la tramitación de las apelaciones interpuestas ante la Audiencia Provincial.
En primer lugar, para el correcto registro de los recursos de apelación interpuestos ante la Audiencia Provincial es necesario aportar los datos mínimos como si se tratase de un asunto principal, especificando el procedimiento del que dimane el recurso, así como su NIG. Los datos mínimos necesarios para el registro se especifican en el Anexo del Reglamento 2/2010, sobre Criterios Generales de Homogeneización de las Actuaciones de los Servicios Comunes Procesales, aprobado por Acuerdo de 25 de febrero de 2010 del Pleno del Consejo General del Poder Judicial (que se acompaña).
Por otra parte, el ingreso de los depósitos para recurrir y de las consignaciones con anterioridad al registro de la apelación, por tanto, cuando no está asignado un número de procedimiento en la Audiencia Provincial, requiere el establecimiento de unos criterios que faciliten su identificación para destinarlos a la apelación que corresponda. Por ello, de forma consensuada con el Sr. Letrado de la Administración de Justicia de la Sección Civil de la Audiencia, se ofrece una solución que permita efectuar ingresos en los que sea identificable la apelación a la que van dirigidos, que se detalla seguidamente.
En los ingresos de depósitos y consignaciones de los recursos de apelación que se interpongan ante la Audiencia Provincial de Lugo -al resultarles de aplicación la tramitación prevista en el Real Decreto- Ley 6/2023- se indicará el número de cuenta de la Sección Civil y los datos del procedimiento de origen:
1 º número de cuenta de la Sección Primera de la Audiencia Provincial
2º número de cuenta del Juzgado de Primera Instancia de origen
3º código de la clase de procedimiento de primera instancia, distinguiendo, si fuese el caso, entre procedimiento principal y medidas cautelares.
4º número del procedimiento de origen
5º año del procedimiento de origen.
También, es aconsejable cubrir el apartado “concepto de pago” del resguardo de ingreso, indicando si se trata de depósito para recurrir, de rentas…
A continuación, se refleja en un gráfico la forma de cumplimentar el formulario de ingreso:
Nº de Expediente Judicial |
||||
2299 |
Cuenta del Juzgado de Primera Instancia |
Clase de procedimiento de Primera instancia |
Número de procedimiento de primera instancia |
Año del procedimiento primera instancia |
J J J J | P P P P | C C | E E E E | A A |
Por ejemplo, apelación de la sentencia de divorcio dictada en el procedimiento 8.513/2024 del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Lugo.
Nº de expediente judicial |
||||
Nº cuenta Sección Civil de la Audiencia Provincial |
Nº cuenta Juzgado Primera Instancia nº 6 |
Clase
|
Nº procedto. |
Año Procedto. |
2299 |
5645 |
33 |
8513 |
24 |