Se acaba de firmar un Convenio entre el Consello da Avogacía Galega y la Xunta de Galicia, para garantizar la atención jurídica de menores de edad que sean víctimas de situaciones de violencia.
El objeto del convenio es garantizar que dichos menores dispongan de un abogado especializado que las asista, en el momento inicial, en relación con la interposición de denuncia, les preste asesoramiento jurídico y efectúe el acompañamiento inicial y ello con independencia de que la víctima tenga o no recursos para litigar.
Dicho convenio produce efectos desde su firma (11 de mayo de 2023) hasta el 30 de noviembre de 2023, sin perjuicio de que pueda suscribirse un nuevo convenio para el 2024. Igualmente, se realizará una formación al efecto que será obligatoria para los abogados/as incorporadas
La atención letrada se prestará todos los días del año y las 24 horas del día. La asistencia a los menores víctimas de violencia se realizará por los profesionales a través de las guardias existentes en el Turno Especializado de Menores, de modo que los órganos judiciales y centros de detención podrán llamar a los números asignados en cada partido para estas guardias específicas.
Igualmente, se realizará una formación al efecto que será obligatoria para los abogados/as adscritos al Turno Especializado de Menores.
Los profesionales de la Abogacía realizarán el asesoramiento jurídico y orientación iniciales, la asistencia legal en la práctica de las primeras diligencias y en la interposición de la denuncia, si fuere el caso, así como el acompañamiento legal inicial ante el órgano policial o jurisdiccional, entre otros.
La compensación económica a percibir por la asistencia a cada menor será de 180 euros brutos.
Las asistencias deberán justificarse de forma independiente, ya que el abono de la asistencia no se incluye en las prestaciones de asistencia jurídica gratuita. A tal efecto, el abogado/a tendrá que remitir cubierto el parte de asistencia que se adjunta a esta comunicación. En el caso de que la víctima tenga derecho a la asistencia jurídica gratuita, además del parte anteriormente referido, el letrado/a presentará el anexo para poder tramitar el reconocimiento de la asistencia jurídica gratuita.