La exigencia de estar inscrito en el Colegio en el que uno tenga su domicilio único o principal está dirigida a los abogados ejercientes, pero no a los no ejercientes. No obstante, sin ser obligatorio, lo deseable es que cada uno esté colegiado en el Colegio de su adscripción territorial, y ello para garantizar el mejor funcionamiento de la vida colegial y la participación de sus miembros en el decisiones que se adopten.
No parece tener mucho sentido que una persona que viva, por ejemplo, en Galicia, se colegie como no ejerciente en cualquiera de los colegios de Andalucía; ello genera todo tipo de problemas.